Seguro que habrás oído que el Tribunal Supremo ha cambiado su criterio jurisprudencial y ha dictado Sentencia de 16 de octubre de 2018, estableciendo que es el BANCO, y no el cliente, es quien debe asumir el PAGO de los IMPUESTOS derivados de la constitución de una HIPOTECA.
Por ello, desde AC ADVOCATS I MEDIADORS iniciaremos las acciones que sean necesarias para que nuestros clientes puedan RECUPERAR el dinero que pagaron por estos conceptos, ya que los bancos, de entrada, seguramente se negarán a pagarlo.
¿Qué gastos se pueden reclamar?
Según lo establecido en la Sentencia citada, el TS se ha pronunciado sobre los impuestos, concretamente sobre el impuestos de actos jurídicos documentados. Pero entendemos que a ello se siguen una serie de gastos como son los de notaría, inscripción en el registro, etc.
Por tanto se pueden reclamar los siguientes gastos:
– Gestoría. Muchas veces el banco deriva esta gestión a un gestoría para que se encargue de toda esta burocracia.
– Notario. Antes de llegar al registro, la escritura de la hipoteca, como la de la vivienda, se firma ante notario.
– Registro de la Propiedad, donde se registra la hipoteca.
– El impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).
Estos gastos varían según la comunidad autónoma, la entidad bancaria y el año de constitución de la hipoteca. «Pero, aproximadamente, serán unos 4.000 euros en un préstamo hipotecario de 200.000 euros» según cálculos de AC ADVOCATS I MEDIADORS. Además, a todas estas cantidades habría que sumar los intereses que hayan devengado.
¿Qué papeles hay que presentar?
Para poder reclamar los gastos de formalización de hipoteca, deberemos examinar:
– Copia de la escritura del préstamo hipotecario.
– Facturas de notaría, registro, gestoría.
Si tienes hipoteca y estás interesado en reclamar estos gastos contacta con AC ADVOCATS I MEDIADORS y nuestros abogados realizarán los trámites necesarios para que RECUPERES TU DINERO.
Tel. 972094320
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